La operación de las estaciones de servicio y gasolineras en México requiere la implementación de sistemas de medición que cumplan con normativas muy específicas para garantizar la precisión en los registros de volumen de hidrocarburos y petrolíferos. El cumplimiento con el Anexo 30 de la Resolución Miscelánea Fiscal es esencial para asegurar la transparencia, evitar discrepancias y cumplir con las obligaciones fiscales y regulatorias. En este blog, analizaremos los principales requerimientos que deben cumplir estos sistemas de medición, detallados en la sección 30.5.1, y su impacto en las estaciones de servicio y gasolineras.
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1. Requerimientos Generales para los Sistemas de Medición
El Anexo 30.5.1 establece que los sistemas de medición en las estaciones de servicio deben cumplir con una serie de regulaciones y normativas que garantizan su correcto funcionamiento y precisión. A continuación, se destacan los puntos más importantes:
a) Cumplimiento con la Regulación Correspondiente
Las estaciones de servicio deben asegurarse de que los sistemas de medición utilizados cumplan con los siguientes lineamientos y disposiciones técnicas:
Lineamientos Técnicos en Materia de Medición de Hidrocarburos: Emitidos por la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH), estos lineamientos fueron publicados en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 29 de septiembre de 2015 y han sido modificados en varias ocasiones, siendo la última el 23 de febrero de 2021. Estos lineamientos establecen los criterios y especificaciones técnicas que deben cumplir los sistemas de medición para garantizar la precisión y confiabilidad de los registros volumétricos.
Disposiciones Administrativas de Carácter General (CRE): Las disposiciones emitidas por la Comisión Reguladora de Energía (CRE) incluyen las normativas aplicables al transporte por ducto, almacenamiento y distribución de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos. Estas disposiciones, publicadas en el DOF el 17 de diciembre de 2015 y el 11 de enero de 2016, aseguran que los sistemas de medición en cada etapa del proceso cumplan con los estándares técnicos y operativos necesarios.
Normatividad adicional del Anexo 30: Además de los lineamientos mencionados, los sistemas de medición deben cumplir con otras normativas referidas en el Anexo 30, incluyendo el apartado 30.7, que detalla los requerimientos metrológicos para asegurar la confiabilidad en los procesos de medición.
b) Implementación de un Sistema de Gestión de Medición (SGM)
El SGM es un sistema que garantiza que los resultados de las mediciones en las estaciones de servicio sean conformes a las especificaciones metrológicas, asegurando la exactitud y confiabilidad de los datos. Este sistema debe estar alineado con la norma NMX-CC-10012-IMNC, que regula los procesos de medición y equipos de medición, y que fue publicada en el DOF el 27 de julio de 2004.
El objetivo del SGM es garantizar la confirmación metrológica y el control continuo de los sistemas de medición. Para lograrlo, el SGM debe abarcar los siguientes aspectos:
- Normatividad y procedimientos: Asegurar que todos los procesos de medición se realicen conforme a la normativa vigente.
- Sistemas de medición: Asegurar que los sistemas y equipos utilizados estén en óptimas condiciones y sean precisos.
- Responsabilidad y competencia del personal: El personal encargado de operar los sistemas de medición debe estar debidamente capacitado y ser competente en sus funciones.
c) Interfaz o Módulo de Comunicación con la Unidad Central de Control (UCC)
Para las estaciones de servicio, es vital que los sistemas de medición cuenten con una interfaz de comunicación que permita la transferencia de información a la Unidad Central de Control (UCC). Esta interfaz debe cumplir con las siguientes características técnicas para garantizar la integridad de los datos:
- Protocolo de comunicación: Los equipos deben disponer de un protocolo de comunicación adecuado que permita enlazar los sistemas de medición con la UCC, asegurando una transferencia eficiente y segura de los datos.
- Mitigación de perturbaciones electromagnéticas: El sistema debe contar con mecanismos de protección contra radiaciones electromagnéticas que puedan afectar la precisión de las mediciones.
- Tolerancia a fallas eléctricas: Deben ser sistemas estables, capaces de tolerar interrupciones eléctricas o de comunicación sin comprometer la exactitud de los registros.
- Mecanismo de seguridad: La interfaz debe incluir medidas de seguridad para registrar cualquier alteración, desconexión o interrupción en la transferencia de la información. Esto incluye la obligación de registrar estos eventos en una bitácora de eventos conforme al apartado 30.6 del Anexo 30.

2. La Importancia del Cumplimiento Normativo en Estaciones de Servicio
El cumplimiento de los requerimientos descritos en el Anexo 30 es crucial para garantizar que las estaciones de servicio operen de manera eficiente y dentro del marco legal. A continuación, se detallan algunos de los beneficios clave del cumplimiento normativo:
a) Transparencia Operativa
El uso de sistemas de medición que cumplan con las regulaciones garantiza que los volúmenes de hidrocarburos y petrolíferos gestionados por la estación de servicio sean precisos y transparentes. Esto es esencial para evitar discrepancias en los volúmenes reportados y evitar sanciones por parte de las autoridades regulatorias.
b) Evitar Sanciones Fiscales
El correcto registro de los volúmenes de hidrocarburos no solo es un requisito técnico, sino también fiscal. Cumplir con las disposiciones del Anexo 30 asegura que las estaciones de servicio puedan cumplir con sus obligaciones fiscales de manera adecuada, evitando sanciones por discrepancias en los registros de ventas y existencias.
c) Mejora de la Eficiencia Operativa
El uso de sistemas de medición precisos y confiables permite a las estaciones de servicio mejorar su eficiencia operativa. Los datos precisos ayudan a gestionar mejor las existencias, prevenir pérdidas y optimizar el proceso de distribución y despacho de combustibles.
Conclusión
Los sistemas de medición juegan un papel fundamental en la operación de las estaciones de servicio y gasolineras en México. El cumplimiento con el Anexo 30.5 asegura que estos sistemas funcionen correctamente, proporcionen datos precisos y garanticen la transparencia operativa. Implementar un Sistema de Gestión de Medición (SGM) y contar con interfaces seguras y eficientes para la transferencia de información son elementos clave para asegurar la competitividad y el cumplimiento normativo en este sector.